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jueves, diciembre 12, 2024
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Técnico de laboratorio mejora su situación gracias a Parrado Asesores

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PARRADO ASESORES CONSIGUE QUE CONVIERTAN UNA INCAPACIDAD TOTAL EN ABSOLUTA Y SUBIR LA PENSIÓN EN UN 45%

  • Por el agravamiento en los diagnósticos de la enfermedad que le impidieron continuar con su vida laboral
  • Una técnico de laboratorio que ha sufrido pérdida progresiva de visión y que mejora su pensión en un 45%, hasta llegar al 100% de su base reguladora. 
  • Las incapacidades son revisables en función del desarrollo o agravación de la enfermedad

El despacho de abogados Parrado Asesores ha conseguido que una incapacidad permanente total se convierta en absoluta, para alcanzar una mayor compensación para la persona afectada, por el agravamiento en su estado de salud y para otorgar su incapacidad a cualquier tipo de profesión o tarea laboral.

En materia de incapacidad laboral, todas las sentencias son revisables, en función; sobre todo, de la mejoría o empeoramiento de los estados de salud, diagnósticos e informes médicos de las personas afectadas. En este caso, una técnico de laboratorio había logrado la incapacidad permanente total por pérdida de visión. Con el paso del tiempo, esa pérdida fue aumentando de forma progresiva, hasta también ser diagnosticada una amaurosis OD, que ya estaba presente en los primeros diagnósticos, y una agudeza visual de OI 0,05 con triplopia.

La gravedad era ya muy distinta, la necesidad de una compensación mayor, para tener una mejor calidad de vida, acuciaba; y se tuvo que iniciar de nuevo proceso judicial tras obtener la negativa en la reclamación administrativa al Instituto Nacional de la Seguridad Social. En este sentido, la legislación es clara y así lo advierte la sentencia ganada por Parrado Asesores. “La revisión por agravación del grado de invalidez permanente con anterioridad reconocida presupone siempre la concurrencia de dos circunstancias: 1) que realmente las dolencias primitivas hayan empeorado o que por la concurrencia de éstas con otras aparecidas con posterioridad, el cuadro clínico sea más grave que cuando se le reconoció en el grado de invalidez permanente que se pretende modificar y 2) que las nuevas reducciones anatómicas o funcionales puedan ser calificadas en grado superior al que tenía anteriormente reconocido”.

También se suele tener en cuenta que las personas afectadas queden incapacitadas para su puesto laboral habitual o para cualquier otro, un aspecto de vital importancia cuando se trata de valorar si el grado de la incapacidad es total (normalmente para la profesión habitual) o absoluta (para cualquier tarea laboral). Con una pérdida de visión progresiva y “sin justificación oftalmológica evidente”, la conversión a absoluta era el camino a seguir.

Con el fallo que reconoce ese cambio en el grado de la incapacidad, se aumenta también la pensión económica resultante, al tenerse en cuenta el 100% de la base reguladora de la trabajadora, lo que, redundará en la calidad de vida de la afectada. El gran objetivo es que, al menos, se pueda para sobrellevar esa terrible enfermedad que le apartó de la vida laboral, de otros muchos aspectos cotidianos y afrontar los gastos médicos y tratamientos.

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