El despacho de abogados Parrado Asesores ha logrado que ratifiquen una sentencia, la hagan firme y desestimen el recurso de suplicación de la Seguridad Social por un dictamen de incapacidad permanente absoluta en Palma de Mallorca.
El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares ha desestimado el recurso del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) por no aportar nuevos elementos de juicio, pretender enjuiciar de nuevo hechos probados y querer hacer prevalecer su informe administrativo a los contundentes argumentos médicos presentes en el proceso.
La afectada, de profesión administrativa, padece fibromialgia severa y otras quince patologías más que le impiden una movilidad funcional normal para cualquier profesión y para muchos hábitos cotidianos. Ya en primera instancia, el tribunal del Juzgado de lo Social 4 de Palma, alarmó a los responsables jurídicos del INSS por “alargar el sufrimiento de la demandante” y ahora; desde el TSJIB señalan que sorprende que basen su recurso en querer “valorar de nuevo hechos probados y querer hacer prevalecer un informe forense parco en las fuentes y, sobre todo, en las consideraciones y conclusiones”.
Sorprende en este caso que, cuando la empleada recibió la negativa de su petición de incapacidad, aún en instancia administrativa, prefirió acogerse a un permiso sin retribuir; con el perjuicio económico que conlleva, a volver a trabajar en condiciones de extrema gravedad, por las patologías que sufría y sufre.También afea el TSJIB a la Seguridad Social el hecho de que argumentara sin pruebas que la afectada trabajó un tiempo cuando, a nivel administrativo, le fue denegada la incapacidad.
“Ya que no se aportó ninguna documentación al respecto”, insistió el tribunal y “era la única es la opción que le quedó a la trabajadora para no perder el empleo, antes de abordar esta petición a nivel judicial”, enfatizó también la abogada del caso, del despacho Parrado Asesores, Cristina Alonso.
El Juzgado de lo Social 4 de Palma de Mallorca calificó como incapacidad permanente absoluta la inhabilidad para trabajar de una administrativa con un alto grado de padecimiento crónico de fibromialgia. La sentencia apeló en que los cuadros presentados por los distintos estamentos médicos impedían a la demandante realizar cualquier labor profesional con “un mínimo de rendimiento o habitualidad, como exige la legislación”.
A pesar de que, a priori, una labor profesional de administrativa pueda estar exenta de cargas estresantes de trabajo, levantamiento de pesos o de una actividad constante; la cronicidad y la fuerza con la que esta enfermedad afecta a muchas personas (principalmente mujeres) le “limitan funcional y orgánicamente para desempeñar una mínima labor con ciertos criterios de rendimiento empresarial, profesionalidad y frecuencia”, reflejó también la primera sentencia.
La abogada Cristina Alonso, resaltó que “este caso, aunque no fuera, en un principio, de una labor profesional de gran esfuerzo físico, la afectada no podía ya llevar a cabo ni tareas posturales básicas, ni giros, ni una ágil diligencia para la resolución eficaz de las exigencias de su empresa, con lo que la incapacidad absoluta, era nuestro objetivo”. Los profesionales de Parrado Asesores, además de argumentar desde el primer momento por una incapacidad permanente absoluta, también incidieron, de forma personalizada, en la vida laboral e historiales fiscales de la afectada, para que la valoración de la pensión fuera la adecuada. Así, se ratifica una pensión conforme al 100% de la base de cotización, que suponía una pensión vitalicia de más de 2.000 euros al mes.